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Complemento de Comercion Exterior (CCE) en JetAccess Cloud

Servicio al cliente

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México ha publicado en su portal web una nueva actualización del complemento de comercio exterior para CFDI (http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/complemento_comercio_exterior.aspx). Tal y como indica en el comunicado, esta versión 1.1 entrará en vigor a partir del 1 de marzo de 2017 y podrá utilizarse de forma alternativa o simultánea con la versión 1.0 y continuará con el CFDI 3.3 (http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/Anexo_20_version3.3.aspx).


¿Qué incluye la nueva versión del complemento de comercio exterior?

La actualización del complemento de comercio exterior para CFDI incluye nuevas funcionalidades, que pueden resumirse en estos cuatro puntos:


1. Un nodo (en xml) que puede utilizarse para las operaciones de exportación definitiva de mercancías tipo A-1, en los casos en los que las mercancías no son objeto de enajenación o en las que sí lo son, pero a título gratuito (es decir, sin recibir ningún pago a cambio o sin ser una venta).

2. La actualización de la validación referente a la identificación de los productos en varias fracciones arancelarias.

3. La actualización del catálogo de fracciones arancelarias.

4. Una incorporación de los domicilios del emisor y receptor, que aplicará en el futuro para la versión 3.3 del CFDI.


La documentación técnica de esta v.1.1 del complemento de comercio exterior (http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/complemento_comercio_exterior.aspx), ya está disponible en el portal del SAT. Allí se detalla la estructura que debe seguir, el estándar, la secuencia de cadena original y los catálogos, entre otros aspectos.


¿Quién debe utilizar el complemento de comercio exterior?

Desde el pasado 1ro de julio, el SAT exige el uso de la factura electrónica en operaciones de comercion exterior (http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/complemento_comercio_exterior.aspx), para las exportaciones definitivas de clase A1. En esos CFDI es necesario identificar fiscalmente al receptor o destinatario de las mercancías, referir en el pedimento el folio fiscal de la factura electrónica y, a partir de marzo de 2017, también será obligatorio incorporar el complemento de comercio exterior.


No obstante, los contribuyentes que lo deseen pueden comenzar ya utilizar el complemento. Este anexo al CFDI refuerza la seguridad y el control fiscal en el tráfico de mercancías, debido a que permite identificar eficazmente a exportadores e importadores. Además, aporta una descripción más detallada de las mercancías y da facilidades a la hora de homologar otros documentos electrónicos que se utilizar en el comercio exterior. Por ejemplo, está previsto que el complemento sustituya al Comprobante de Valor Electrónico (COVE, https://aduanaenmexico.wordpress.com/2012/02/09/basicos-comprobante-de-valor-electronico-cove/).


¿Cómo adaptarse al complemento de comercio exterior?

Los CFDI del sector exportador deberán contener los datos asociados al tipo de operación, la clave de pedimento, el certificado de origen, el número de exportador y el tipo de cambio. A ello hay que añadir el identificador de registro fiscal del receptor de la mercancía en su país de residencia (por ejemplo, Tax ID en Estados Unidos), su domicilio y la descripción del paquete declarado con sus características específicas.


¿En JetAccess qué tengo que hacer?

JetAccess Cloud ERP tendrá a tu disposición el complemento de comercio exterior de forma transparente a partir del día en que entra en vigor (01/03/17), en caso de necesitarlo, ya tendrás disponibles los campos que deberán ser configurados, estos se encuentran en las siguientes opciones del sistema:


1. En la información de la compañía (Control :: Catálogos : Información de la Compañía):


a. Manejar Certificado de Origen, es una pregunta con dos tipos de respuesta: 1 = Funge (habilitado) y 0 = No Funge (deshabilitado)

b. Encontrarás un campo llamado Certificado de Origen, este funge como certificado de origen derivado de la excepción de certificados de Origen de los Tratados de Libre Comercio que ha celebrado México con diversos países (opcional).

c. Número de Certificado de Origen: Es el folio del certificado de origen o el folio fiscal del CFDI con el que se pagó la expedición del certificado de origen (opcional).

d. Número de Exportador Confiable: indica el número de exportador confiable, conforme al artículo 22 Anexo 1 del Tratado de Libre Comercio con la Asociación Europea y a la Decisión de la Comunidad Europea (opcional).

e. CURP: cuando es una persona física (opcional).


2. En la información de Productos (Control :: Materiales : Productos)


La fracción arancelaria es la forma universal de identificar el producto, con ella se identifica el arancel (impuesto) que debe pagar su producto al ingresar al extranjero, así como para conocer las regulaciones no arancelarias que impone México y el país importador al producto.


La ley aduanera autoriza solamente al agente aduanal, apoderado aduanal y a la SHCP para la determinación de la fracción arancelaria, dado el grado de especialización, complejidad técnica, sus riesgos y responsabilidades que implica una mala determinación.


a. Para determinar la fracción arancelaria de su producto, usted tiene las siguientes alternativas:


⁃ Agente Aduanal; BANCOMEXT, Oficina de Orientación al Contribuyente en Asesoría en Comercio Exterior de la SHCP.

⁃ Asista a los Módulos de Orientación de Despacho Aduanero de la CAAAREM.


Una vez determinada por cualquiera de las opciones anteriores podrás asignar esa referencia en el Producto en el campo de Fraccion Arancelaria. La forma más simple y segura es solicitándosela a tu agente aduanal.


3. En Clientes (Control :: Usuarios : Clientes)


a. Deberá indicarse el TAX-ID en el cliente extranjero, además de indicar el RFC para Extranjeros (XEXX010101000).


NOTA IMPORTANTE:

Si estas utilizando el Complemento de Comercio Exterior (CCE) y alguno de estos valores no se encuentra, al momento de realizar el timbrado de la facturas se indicará que no es posible realizar dicho proceso debido a que alguno de estos valores, o ambos, no se encuentra(n). Para solucionarlo bastará con ir al registro del Cliente (Control :: Usuarios : Clientes), y agregar la información que hace falta.


De esta manera JetAccess se encuentra listo para ayudarte con las operaciones de tus productos de exportación.


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